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La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) ha puesto en marcha un proyecto de firma electrónica en dispositivos móviles


La FNMT-RCM, como Prestador de Servicios de Certificación, cuenta actualmente con un 1,7 millones de certificados electrónicos activos, lo que habilita a sus titulares para realizar múltiples trámites a través de Internet, como declaraciones de la Renta, consulta de multas municipales o a la Seguridad Social, descarga de certificados catastrales, voto electrónico en Juntas de Accionistas y un sinfín de aplicaciones más, que crecen día a día.
Hasta ahora únicamente se podían beneficiar de estas ventajas aquellas personas que tenían ordenador con conexión a Internet. Sin embargo, con el proyecto que ha puesto en marcha la FNMT-RCM en colaboración con los dos principales operadores de telefonía móvil, ya se pueden realizar todas estas consultas y transacciones desde los teléfonos móviles.
Se trata de una solución tecnológica escalable, que permite ser adoptada de forma sencilla por aquellas entidades que deseen poner al servicio de sus empleados o clientes aplicaciones que requieren identificación o firma electrónica mediante el uso de un certificado electrónico FNMT para dispositivo móvil.
Las Administraciones Públicas, las entidades bancarias y el sector servicios son los primeros que han mostrado un especial interés por las múltiples posibilidades que ofrece el hecho de poder firmar electrónicamente cualquier transacción desde un teléfono móvil.
En España existe más de un teléfono móvil por cada ciudadano, lo que hace de este dispositivo un elemento ideal para acercar todos los beneficios de la firma electrónica a un mayor número de personas.

Hoy a sido publiada en el BOE la Orden del Ministerio de la Presidencia (ORDEN PRE/1743/2008, de 18 de junio) por la que se establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las diferentes modalidades de reproducción.

http://www.boe.es/boe/dias/2008/06/19/pdfs/A27842-27844.pdf

http://boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2008/10443&txtlen=1000

Madrid y San Francisco, 10 de junio de 2008.- Telefónica y Apple® anuncian hoy que traerán a España el nuevo e innovador iPhone™ 3G a partir del 11 de julio. El iPhone 3G combina todas las características revolucionarias del iPhone, con el añadido de la red 3G, y es dos veces más rápido que la primera generación del iPhone. Además lleva incluido un GPS para integrar servicios móviles basados en la localización, el software 2.0, que incorpora soporte para Microsoft Exchange ActiveSync, y en él funcionarán cientos de aplicaciones de terceros desarrolladas con el SDK iPhone.

El nuevo iPhone 3G se venderá en las tiendas Telefónica de toda España, en más de 1.000 puntos de venta en una primera fase, y en primer lugar en Madrid en la nueva tienda ‘Flagship’ que se inaugurará en los primeros días de julio en la calle Gran Vía, 28.

Para César Alierta, presidente de Telefónica, “El nuevo iPhone 3G, que empezaremos a vender en España a partir del viernes 11 de julio, añade además nuevas funcionalidades aún más avanzadas e innovadoras que su predecesor, y esperamos que sea un éxito, al igual que lo ha sido en Reino Unido e Irlanda con Telefónica O2”.

“Estamos muy contentos de trabajar con Telefónica, uno de los operadores líderes en el mundo, para traer el iPhone a España” dice Steve Jobs, CEO de Apple. “No podemos esperar para poner en manos del mayor número de personas de todo el mundo este revolucionario teléfono móvil”.

El nuevo iPhone de Apple utilizará la red móvil 3G y la infraestructura Wi-Fi de Telefónica en España. Ambas redes son las más avanzadas de España a nivel tecnológico, y con más cobertura de población en la actualidad, con velocidades de descarga de los datos de 7,2 Mbps para la red móvil HSDPA, y con más de 2.000 hot spots en la de tecnología Wi-Fi.

Además, con el nuevo dispositivo de Apple que próximamente se empezará a vender en España, la base de clientes 3G de Telefónica seguirá creciendo en nuestro país. Ya en el cuarto trimestre de 2007 Telefónica ha sido el operador que más clientes 3G ha incorporado, y en la actualidad cuenta con más de 4,2 millones de dispositivos.

Los clientes móviles Telefónica en España, y de otras compañías que operan en el mercado español que quieran ser informados acerca de dónde, cuándo y a qué precios adquirir los nuevos iPhone, podrán registrarse próximamente en www.movistar.es/iphone.

El balance de Telefónica en la distribución del iPhone en Europa, tras el lanzamiento del terminal en Reino Unido (Noviembre 2007) y, posteriormente, en Irlanda (Marzo 2008), es sin duda una experiencia de éxito. Así, en Reino Unido, el terminal ha alcanzado elevados niveles de venta, lo que ha permitido impulsar la ganancia neta de clientes, especialmente de contrato, desde su lanzamiento, y presenta el mayor nivel de satisfacción de clientes de cualquier otro terminal lanzado en el mercado

El BOE publica la aprobación del Real Decreto 863/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico (link).

La CMT ha determinado (DT 2007/213) que el servicio de videollamada no se puede considerar a día de hoy como una funcionalidad intrínseca al servicio telefónico disponible al público ya que en la actualidad el único estándar existente e implantado de forma generalizada en el mercado corresponde a la facilidad de videollamada en las redes móviles 3G. En consecuencia, la interoperabilidad únicamente podría ser exigida entre prestadores del servicio telefónico móvil disponible al público que presten servicios 3G.


Por otro lado, y desde el punto de vista de la normativa de protección de usuarios y, en la medida en que la videollamada participa de la naturaleza de una llamada telefónica, tanto la reglamentación aplicable al servicio telefónico de consulta sobre números de abonado como la relativa a los servicios de tarificación adicional 80Y, le resultan aplicables.


Por último, los servicios de videollamada no se encuadran en los mercados de terminación de llamadas regulados. En consecuencia, no se han impuesto obligaciones ex-ante en este tipo de servicios, lo que conlleva que el precio de interconexión deba resultar de los acuerdos comerciales libremente alcanzados entre los distintos operadores. En cualquier caso, ante la falta de acuerdo siempre cabría la posibilidad de presentar un conflicto ante la Comisión y, por tanto, sería una intervención de carácter ex-post la indicada para abordar este tipo de situaciones.